Uno verdaderamente no sabe lo que es ser un inmigrante si no lo ha vivido!
Yo soy inmigrante!, y una de las únicas abogadas de Inmigración con experiencia personal y directa en el proceso de inmigración.
Aga Piasecka, Abogada Licenciada de Inmigración
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Visas de No Inmigrantes K3 y K4
La ley inmigratoria permite al cónyuge de un ciudadano estadounidense y a sus hijos menores ser admitidos en los Estados Unidos como no inmigrantes mientras esperan que se complete el trámite de la residencia permanente. También les permite obtener autorización de empleo mientras esperan.
Elegibilidad
A fin de reunir las condiciones para una visa de no inmigrante K-3, el individuo debe:
- estar casado con un ciudadano estadounidense
- hacer que su cónyuge estadounidense presente el Formulario I-130, Petición para un familiar extranjero
Un hijo puede reunir las condiciones para una visa K-4 si:
- él o ella es soltero, menor de 21 años e hijo o hija de un solicitante de visa de no inmigrante K-3 que reúne las condiciones.
Proceso de solicitud
A fin de obtener una visa de no inmigrante K-3 o K-4, usted (el solicitante ciudadano estadounidense) debe presentar dos peticiones ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos, (USCIS, por su sigla en inglés) y solicitar una visa al Departamento de Estado de los Estados Unidos.
- Formulario I-130: Preséntelo en nombre de su cónyuge no ciudadano ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) que tenga jurisdicción en su lugar de residencia. Después recibirá un Formulario I-797, Aviso de acción, que indicará que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) ha recibido el Formulario I-130.
- Formulario I-129F, Petición para prometido(a) extranjero: Presente este formulario después de presentar el Formulario I-130 e incluya una copia del I-797 en nombre del cónyuge no ciudadano y de todos los hijos. Envíelo al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) donde se encuentra en trámite la petición Formulario I-130 subyacente. No se requiere una tasa cuando se presenta un Formulario I-129F para un cónyuge no ciudadano (K-3). Si su cónyuge no ciudadano tiene hijos menores que buscan obtener visas de no inmigrante K-4, se los debe incluir en el I-129F que se presenta en nombre de su cónyuge a fin de facilitar el proceso de solicitud.
De ser aprobado, el USCIS enviará el I-129F al Departamento de Estado de los Estados Unidos para la tramitación consular.
El cónyuge no ciudadano y todo hijo menor deberá entonces solicitar la visa de no inmigrante K-3 o K-4 ante el Departamento de Estado de los Estados Unidos.
Beneficios y limitaciones de la visa de no inmigrante K-3 y K-4
Los beneficios de la visa K-3 y K-4 incluyen:
- La solicitud de admisión en los Estados Unidos con una visa de no inmigrante K-3 puede reducir el período de espera para que los cónyuges no ciudadanos ingresen a los Estados Unidos.
- Una vez admitido en los Estados Unidos, los no inmigrantes K-3 pueden solicitar el ajuste de estatus a residente permanente en cualquier momento. Al ingresar a los Estados Unidos, los no inmigrantes K-4 pueden presentar una solicitud de ajuste de estatus de manera conjunta o en cualquier momento después que el solicitante ciudadano estadounidense haya presentado el Formulario I-130.
- Al ingresar, los titulares de una visa de no inmigrante K-3 y K-4 pueden obtener autorización de empleo. Ellos pueden obtener evidencia de elegibilidad para trabajar de manera legal en los Estados Unidos mediante la presentación del Formulario I-765, Solicitud de autorización de empleo. Al momento de la presentación de una solicitud de ajuste de estatus, los titulares de una visa de no inmigrante K-3 y K-4 pueden también solicitar autorización de empleo basándose en dicha solicitud en trámite aún si vence el estatus de no inmigrante K-3 o K-4.
Las limitaciones de la visa de no inmigrante K-3 y K-4 incluyen:
- El Departamento de Seguridad Nacional sólo admite a los titulares de visas de no inmigrante K-3 y K-4 por un período de 2 años. Los titulares de visas de no inmigrante K-3 o K-4 pueden solicitar ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) una extensión de estatus en incrementos de dos años siempre que aún se encuentre pendiente de adjudicación la petición de visa I-130 sobre la base del matrimonio o una solicitud de ajuste de estatus o una solicitud de visa correspondiente
Vencimiento automático de la visa de no inmigrante K-3
La estadía autorizada de un titular de visa K-3 vence automáticamente 30 días después de cualquiera de los siguientes hechos:
- El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) deniega la petición de visa con el Formulario I-130
- El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) deniega un Formulario I-485 presentado por el titular de una visa de no inmigrante K-3
- El titular de una visa de no inmigrante K-3 decide solicitar una visa de inmigrante ante el consulado estadounidense correspondiente en el extranjero, y el consulado deniega dicha solicitud.
- Terminación del matrimonio a través de divorcio o anulación
Si su hijo cumple 21 años antes de obtener el estatus de inmigrante
Los titulares de visas de no inmigrante K-4 serán admitidos en los Estados Unidos por 2 años o hasta el día previo a cumplir los 21 años, según lo que sea más corto. El estatus del titular de una visa de no inmigrante K-4 vencerá cuando él o ella cumpla 21 años. Si el titular de una visa de no inmigrante K-4 tiene una solicitud de ajuste de estatus en trámite, él o ella puede seguir siendo elegible para el ajuste de estatus conforme a la Ley de protección de estatus infantil.
Si su hijo contrae matrimonio antes de que se le otorgue una visa de inmigrante
El estatus del titular de una visa de no inmigrante K-4 vencerá automáticamente 30 días después que él o ella contraiga matrimonio.
Obtención de una visa K-4 para un hijo de su cónyuge
A fin de que un hijo obtenga una visa de no inmigrante K-4, no existe el requisito de presentar una petición de inmigrante (Formulario I-130) por separado en nombre del niño. Sin embargo, para que un hijo ajuste su estatus se debe presentar un Formulario I-130 por separado en su nombre. Para mayor información, vea el enlace “Ajuste de estatus para personas con visas K“.
Permiso anticipado para familiares de K-3 o K-4
Los solicitantes actualmente en los Estados Unidos en una categoría de no inmigrante K-3 o K-4 pueden viajar fuera del país y regresar usando su visa de no inmigrante K-3 o K-4. El único momento en que se necesita un permiso anticipado es si el estatus de no inmigrante K-3 o K-4 ha vencido y el candidato tiene una solicitud de ajuste de estatus que permanece en trámite.
Cambio a otra categoría de visa de no inmigrante
Los titulares de visas de no inmigrantes K-3 o K-4 no pueden cambiar de estatus en los Estados Unidos a otra categoría de visa de no inmigrante.
Declaración jurada de patrocinio económico
No se requiere el Formulario I-864, Declaración jurada de patrocinio económico, cuando se solicita la visa de no inmigrante K-3 o K-4. Sin embargo, el no inmigrante K-3 o K-4 deberá ofrecer prueba que demuestre que él o ella no será una carga pública mientras esté en los Estados Unidos. Usted puede optar por completar el Formulario I-134, Declaración jurada de patrocinio a fin de ayudar a demostrar que su no inmigrante K-3 o K-4 no será una carga pública mientras permanezca en los Estados Unidos. Cuando el titular de una visa de no inmigrante K-3 o K-4 solicita un ajuste de estatus, él o ella ajustará el estatus como familiar directo y en ese momento deberá presentar el Formulario I-864.
Vencimiento del estatus K-3 mientras se solicita el ajuste de estatus
El titular de una visa de no inmigrante K-3 puede solicitar una extensión de estatus mediante la presentación del Formulario I-539, Solicitud de extensión de estadía ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) no más de 120 días antes del vencimiento de la visa de no inmigrante K-3. Con la obtención de una extensión del estatus de no inmigrante K-3, su cónyuge podrá salir de los Estados Unidos y regresar sin permiso anticipado. Su cónyuge puede también decidir solicitar el permiso anticipado basándose en la solicitud de ajuste de estatus en trámite. Si su cónyuge desea solicitar permiso anticipado, él o ella deberá presentar el Formulario I-131, Solicitud de documento de viaje.
Estatus legal de no inmigrante K-3 o K-4
Los titulares de visas K-3 y K-4 solicitan el ajuste de estatus como familiares directos. Ellos están sujetos a las mismas limitaciones para la solicitud de ajuste de estatus que cualquier otro familiar directo que había sido admitido con una visa de no inmigrantes pero falló en mantener estatus legal.
Estatus K-3 o K-4 después de la aprobación de una solicitud de ajuste de estatus
Si se aprueba el ajuste de estatus, usted será residente permanente de los Estados Unidos. Si, al momento de la aprobación, su matrimonio tiene menos de 2 años de duración, la residencia permanente del K-3 o K-4 se otorga de manera condicional. Usted y su cónyuge deberán entonces presentar un Formulario I-751, Petición para la cancelación de las condiciones de residencia dentro del período de 90 días antes de la fecha de vencimiento en la Tarjeta Verde.
Agnieszka “Aga” Piasecka es una Abogada Licenciada de Inmigración en los Estados Unidos
Agnieszka “Aga” Piasecka es una Abogada Licenciada en los Estados Unidos y practica exclusivamente en el área de Derecho de Inmigración y Naturalización. Debido a que estas áreas son reguladas por Leyes Federales, Aga puede representar a clientes con casos de inmigracion y naturalizacion en todos los Estados Unidos. Aga tiene experiencia en Peticiones Familiares, Visas de No-Inmigrante, Procesos de Naturalización y Certificación Laboral (PERM), Ciudadanía Americana, Asilo, Residencia permanente, Visa K-1 para prometido(a), Ajuste de estatus y Residencia condicional.
Procesos de Naturalización y Certificación Laboral (PERM)
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Attorney Aga Piasecka, Immigration Lawyer USA
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Immigration Attorney USA
Attorney Agnieszka “Aga” Piasecka was born in Poland, immigrated to the US, obtained her Green Card then her United States Citizenship. Aga Piasecka, Esq. has experienced the United States Immigration process first hand and has the knowledge and experience to assist you in obtaining your Green Card and United States Citizenship.
Attorney Agnieszka Piasecka graduated from Law School in Poland and the United States and speaks fluent Polish, English and Italian. Aga Piasecka, Esq. obtained her Juris Doctorate Cum Laude from Stetson University College of Law in Florida and her Masters Degree in Law with Honors from Jagiellonian University in Poland. She also studied International Law in Holland and worked in Italy where she learned to speak Italian fluently. Attorney Aga Piasecka is a licensed attorney / lawyer in the USA and in Poland with more than 16 years of legal experience and two Law Degrees. She is fluent in Polish, English and Italian and can assist you with all of your immigration needs in the USA and Poland.
Agnieszka “Aga” Piasecka, Esq. is an immigrant herself and is very familiar with Immigration Law, immigrating to the U.S., obtaining a Green Card and U.S. Citizenship. Attorney Aga Piasecka offers FLAT FEE RATES and PACKAGE DEALS for most common immigration applications. Attorney Piasecka has Immigration Law experience and can assist you with:
Avoiding Deportation
Work Permits
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Student Visas
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U.S. Citizenship
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Green Cards
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Different ways to get your Green Card
There are different ways to get your Green Card. The steps to becoming a Green Card holder vary by category.
Green Card Through Family
Green Card Through a Job
Green Card Through Business
Green Card Through Refugee or Asylee Status
Other ways a Green Card can be obtained
There are other ways a Green Card can be obtained. I have the knowledge and experience to provide you with the assistance you need through every step of your immigration process.
For a FREE consultation about your immigration needs please call Attorney Aga Piasecka, Immigration Lawyer:
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Immigration Questions
How can I avoid deportation after receiving a notice of deportation?
Do I qualify for a work permit in the the U.S. ?
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Do I qualify for permanent residence in the the U.S. ?
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